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25
Ene
2017

Reflexión: Lo que realmente me preocupa de los últimos cambios en la normativa en Salud Ocupacional

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Autor: Juan Carlos Palomino Baldeon
Médico especialista en Medicina Ocupacional y Medio Ambiente
Ergónomo
Docente en UPCH, UCSUR, USMP
Gerente de Operaciones de Clínica del Trabajador

Cuando leo los comentarios que muchos compañeros prevencionistas escriben acerca de los cambios de los últimos 30 días en la legislación de seguridad y salud, como retiro de la obligación de no realizar exámenes médicos de ingreso en empresas que no son de alto riesgo (DS Nº 016-2016-TR) o la norma acerca de ampliar el listado de sectores considerados de alto riesgo (DS N° 043-2016-SA) o el decreto posterior que deroga la norma anterior (DS N° 002-2017)-SA y otra, que aún no es una norma legal, pero está en camino a serla, que es la de eliminar la permanencia por 30 horas a la semana del médico ocupacional en empresas de más de 500 trabajadores, realmente, no me preocupan en demasía los cambios propuestos como tales en dichas normas.

De alguna manera, por mi experiencia en el sector privado como médico ocupacional asesorando diversos tipo de empresas por un poco más de una década, podría decir que son tiempos en que el médico ocupacional debe saber ofrecer opciones a las empresas para que el objetivo se cumpla y no necesariamente pensar que un examen médico preocupacional, como el que hasta ahora se ha realizado, nos va a resolver todos los problemas, hay diversas opciones y salidas, que debemos saber plantear.

Con respecto a que si se elimina la permanencia del médico ocupacional por 30 horas semanales en empresas de más de 500 trabajadores, hay que reconocer que la permanencia de 30 horas a la semana no tiene un sustento relacionado en la Medicina Ocupacional porque ello está más relacionado al tema asistencial, el mismo que nosotros no realizamos y, por último, mi experiencia me ha enseñado que incluso estas 30 horas semanales en empresas de más de 500 trabajadores, para algunas empresas puede ser insuficiente como que, para otras puede ser excesivo, porque dependerá de la cantidad y alcance de las actividades planificadas, de las características de la operación como tal y ahí también tiene mucho que ver la misma norma, en la cual se obliga a que determinadas actividades sean llevadas sólo por el médico ocupacional y, me darán la razón aquellos médicos ocupacionales de empresas de más de 10 000 trabajadores, que ni 48 horas semanales o más podría ser suficiente para cumplir con lo que exige la norma; sin embargo, en esos casos es importante el expertise del médico ocupacional para llevar a cabo su gestión porque, finalmente en aquellas empresas en las que hayamos podido mostrar que nuestro trabajo es beneficioso y muy necesario, dudo mucho que se nos retire completamente de su gestión, tal como se hacía antes de la promulgación de la Ley de Seguridad y Salud en el 2011 donde asesorábamos a diversas empresas sin ser obligatorio para ellas.

Respecto al listado de empresas consideradas de alto riesgo, pienso que esta norma  hubiese sido aplicable y aceptada por los distintos empresarios involucrados, si hubiese  propuesto un mayor tiempo de adecuación; sin embargo, como muchos sabemos, incluso antes de esta norma algunas empresas que no eran consideradas de alto riesgo contrataban el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) para grupos laborales que ellos consideran necesarios, ya sea por la tarea, por sus riesgos o por el record histórico (es decir por su propio análisis), pues es cierto que contar con esta cobertura, optimiza los tiempos de respuesta, la calidad de atención, la información y la gestión de la empresa. Pero es cierto que dejando sin efecto esta norma, entre otras cosas, estos trabajadores hubiesen sido beneficiados en el caso de sufrir accidente de trabajo y/o enfermedad ocupacional al tener acceso a un mejor seguro de salud que en la actualidad. Esperemos que más adelante se pueda volver a revisar esta norma, quizá proponiendo gradualidad en la obligación de implementación o un sistema de aseguramiento paralelo al existente o la mejor solución técnica que se pueda plantear.

Lo que quiero decir más allá de estos ejemplos de “opciones” o “salidas” para seguir haciendo prevención en las empresas, es compartir mi más importante preocupación, que es sentir que detrás de estas normas no hay técnicos expertos que propongan cambios manteniendo el objetivo primordial que es preservar la salud y seguridad de los trabajadores pero a la vez buscando la optimización de recursos usando el conocimiento científico y lógico, tomando en cuenta nuestra propia experiencia de estos años y la experiencia de otros países que ya han pasado por esto, de forma que lo nuevo que se proponga sea efectivo y eficiente y no haga que nuestras autoridades firmen un documento y que luego de 18 días las mismas autoridades firmen otro dejando sin efecto el primero, porque ello denota que no hubo un análisis previo, que no se sabía cuál era el objetivo, el impacto, las consecuencias positivas y negativas, y más bien nos hace pensar que lo que mueve en el fondo a los impulsores de estas normas son otras motivaciones e intereses, denotando que las autoridades que firman estos documentos no conocen el panorama completo y claro, lo cual sí es motivo de preocupación porque ello significaría que los siguientes cambios en la legislación de seguridad y salud quizá nuevamente no vayan a tener un sustento técnico y ello conlleve no a un avance si no al revés. Ojalá me equivoque y nuestros líderes puedan revisar este tema por el bien de todos los involucrados.

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